Puesta en marcha comisión sobre la limpieza en Espinardo

La Asociación de Vecinos de Senda de Granada, como vocal de la Junta Municipal de Espinardo, ha solicitado formalmente a la presidencia de la junta la puesta en marcha de la comisión permanente en materia de limpieza en Espinardo, cuya constitución se acordó por unanimidad en septiembre de 2018, pero que a día de hoy no se ha puesto en funcionamiento.

Puedes consultar la iniciativa en el siguiente enlace: PLENO ORDINARIO NOVIEMBRE 2020

Por todos es conocida la necesidad de más limpieza en diversas zonas, calles, y viales de nuestra pedanía, así como son reiteradas las quejas de vecinos y vecinas de Espinardo por la insuficiencia del Servicio de Limpieza viaria del Ayuntamiento de Murcia en nuestra pedanía. Estas situaciones de insalubridad no ocurren ni en la Gran Vía, ni en la puerta del ayuntamiento, ni en el centro de Murcia. Solamente en las pedanías, pagamos los impuestos como si viviéramos en el centro, pero no tenemos los mismos servicios, y eso es una VERGÜENZA.


Esta comisión debe servir para que participen las asociaciones y entidades vecinales de Espinardo y expongan sus solicitudes, sugerencias y quejas en referencia a la materia de limpieza viaria en Espinardo.

Se solicita así una herramienta que permita una interacción fluida entre vecinos, junta municipal, concejal responsable de distrito y los servicios correspondientes del Ayuntamiento, para llegar a conseguir un barrio y una pedanía más limpia, cuidada y adecuada para nuestros vecinos y vecinas.

El artículo 52 del Reglamento de Participación Ciudadana y Distritos del Ayuntamiento de Murcia indica que:

“Se podrán constituir en el seno de las Juntas, comisiones de trabajo con carácter permanente o temporal, según los intereses y necesidades de su ámbito territorial. Son funciones de estas comisiones: elaborar estudios, informes, propuestas de actividades, bien a iniciativa propia o a instancia del Pleno de la Junta. (...)”.

En el mismo sentido, y dentro de las competencias que poseen las juntas municipales, indica el artículo 59:

“Artículo 59. Les corresponderán además a las Juntas en su condición de órganos de participación ciudadana, las siguientes competencias:

(...)

c) Informar periódicamente al Concejal Presidente del Distrito y demás órganos municipales sobre la eficacia y eficiencia de los servicios municipales prestados en su ámbito territorial. (...)”.





Estas son algunas de las fotografías que vecinos de Espinardo han colgado en las redes sociales, y que describen perfectamente la situación.

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